Presentamos INDEMNIZAR: reclamaciones al Estado por pérdidas económicas durante la vigencia del Estado de alarma

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IURIS27

No cabe duda que la declaración del estado de alarma a través del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo y su posterior reactivación a través del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, han supuesto una limitación de derechos fundamentales y libertades públicas que han de ser consideradas legales, por cuanto han sido adoptadas por normas con valor de Ley.

Pero no es menos cierto que, la entrada en vigor de dichas normativas ha supuesto un sacrificio especial para un importante número de empresas tanto de sectores considerados esenciales, como de aquellos otros considerados no esenciales; sacrificio que en todo caso debe ser indemnizado. De no ser resarcido dicho sacrificio especial, supondría que en nuestro ordenamiento jurídico tienen menor valor los derechos y libertades de aquellos que han soportado dicho sacrificio en aras del interés general, que los derechos y libertades de los beneficiarios del mismo, esto es, del resto de ciudadanos.

Dicho derecho a la obtención de indemnización aparece recogido en la propia Ley 4/1981, de 1 de junio, reguladora entre otros del estado de alarma declarado por el Gobierno, en cuyo artículo tercero se apunta expresamente que:

“Quienes como consecuencia de la aplicación de los actos y disposiciones adoptadas durante la vigencia de estos estados sufran, de forma directa, o en su persona, derechos o bienes, daños o perjuicios por actos que no les sean imputables, tendrán derecho a ser indemnizados de acuerdo con lo dispuesto en las leyes”.

Según dicho precepto, sí deben ser objeto de indemnización los daños o perjuicios de aquellos que fueron un instrumento, un medio, para la consecución del interés general, en definitiva, aquellos que sufrieron realmente un sacrificio especial.

Este derecho a obtener el resarcimiento de los daños sufridos requiere acreditar la existencia real de dichos perjuicios, al tiempo que se acredite que la conducta del individuo que soporta el daño no haya contribuido a causarlo o haya obtenido un beneficio por su existencia

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