Finalización del plazo para la implantación del Plan de Igualdad en empresas de más de 100 trabajadores

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Por Cristina León, abogada de Iuris27. 

El próximo 07 de marzo finaliza el plazo para que las empresas de más de 100 trabajadores elaboren el Plan de Igualdad recogido en el Real Decreto-ley 06/2019 de 01 de marzo de medidas urgentes para la garantía de la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación. 

En vista de que este plazo se encuentra próximo a su finalización, desde Iuris27 queremos recordaros cual es el objetivo de este Plan así como sus beneficios y condiciones.

¿Qué es el Plan de Igualdad?

Desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley 06/2019 de 01 de marzo de medidas urgentes para la garantía de la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación que modifica la Ley Orgánica de Igualdad 3/2007 de 22 de marzo se obliga a las empresas con más de 50 trabajadores a la implantación de un Plan de Igualdad.

El objetivo principal de esta iniciativa es la eliminación de la discriminación por razón de sexo en las empresas y la promoción de la igualdad con el fin de que hombres y mujeres dispongan de las mismas oportunidades profesionales. Además de estos dos objetivos prioritarios,  el plan pretende garantizar la igualdad salarial entre ambos sexos, facilitar el acceso de trabajadores a ocupar puestos de responsabilidad así como favorecer la conciliación de la vida laboral, familiar y personal entre otras medidas de apoyo a las familias. 

 ¿Qué empresas están obligadas a implementarlo y cuáles son los plazos previstos?

Desde que entrara en vigor el Real Decreto-ley 6/19 se establecieron diferentes periodos para que las empresas, en función del número de trabajadores que la compongan, implementaran estas medidas:

  • Empresas que cuenten con un total de entre 150 y 250 trabajadores ya deben disponer del Plan de Igualdad desde el pasado 07 de marzo de 2020.
  • Empresas que cuenten con un total de entre 100 y 150 trabajadores disponen hasta el próximo 07 de marzo de 2021 para su implantación.
  • Empresas que cuenten con un total de entre 50 y 100 trabajadores tienen hasta el próximo 07 de marzo de 2022.

Esta iniciativa debe correr a cargo de la empresa o en su defecto la representación legal de los trabajadores debe solicitarlo por escrito con la constitución de una comisión negociadora.

 El Plan de Igualdad debe elaborarse según las necesidades de la empresa, detallando los objetivos y acciones que deben llevarse a cabo para mejorar en la materia.

Además, deben acogerse a la normativa vigente y promover la participación de la plantilla siguiendo las siguientes directrices:

  • Formación de un Comité de Igualdad permanente y colaboración entre este y la dirección.
  • Diagnóstico según las características de la empresa.
  • Realizar un registro del Plan.
  • Evaluaciones periódicas con el fin de implementar nuevas medidas y mejoras.

 

¿Cuáles son los beneficios de contar con un Plan de Igualdad en tu empresa?

Como ya hemos apuntado, se trata de un proceso de obligado cumplimiento para determinadas empresas pero son muchas las compañías de menos de 50 trabajadores que ya están desarrollando sus Planes de Igualdad como un valor añadido ya que existen determinados beneficios para las mismas, no solo en cuanto a mejora de la imagen por su compromiso social o la implementación de criterios de contratación o promoción  basados en el talento sino que además, existen ayudas de la Administración para pymes y otras entidades que pueden alcanzar hasta los 6.000€.

También pueden verse beneficiadas de cara a licitaciones de las  Administraciones en posibles concursos públicos o evitando costes legales relacionados con posibles pleitos en materia de discriminación dentro de la empresa.

¿Qué consecuencias puede tener para las empresas que no cumplan con esta obligación?

Las empresas que, superado el plazo para la elaboración del Plan de Igualdad, no cumplan con sus obligaciones pueden encontrarse con sanciones tales como la perdida automática de determinadas ayudas, prestaciones o bonificaciones. La exclusión del acceso a las mismas por un periodo de 6 meses o incluso verse afectado por sanciones económicas con multas de entre 626 y 6.250 euros por incumplir las obligaciones que en materia de igualdad establece el Estatuto de los Trabajadores.

Desde Iuris27 contamos con un equipo de expertos en materia laboral preparados para asesoraros en la elaboración e implantación en vuestra empresa del Plan de Igualdad y ayudaros a conocer de primera mano y de manera personalizada los beneficios que esta medida puede suponer para vuestra compañía.

Área de Derecho Laboral.

Imagen: Victoria Heath

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