El pasado día 5 de julio Iuris27 en colaboración con la Cámara de Comercio de Sevilla presentaba las novedades en la ley sobre el mecanismo de Segunda Oportunidad y Reestructuraciones Empresariales en la Reforma Concursal. Destacó por su gran número de inscritos y asistentes.
El objetivo de este seminario que estaba dirigido fundamentalmente a empresarios, empresarios, administradores y directivos al objeto de que expertos en Derecho Mercantil, ha sido ofrecer a los asistentes información práctica sobre las novedades introducidas por la reforma de la Ley Concrusal en el mecanismo de segunda oportunidad, así como la nueva figura de reestructuración empresarial, evaluando las ventajas e inconvenientes que conllevará la nueva regulación que ya podemos analizar en el ya aprobado Proyecto de reforma de la Ley Concursal.
Este evento se celebra en el marco del programa «Cero Deuda» con el que la Cámara en colaboración con IURIS 27 ofrece su ayuda a pymes y autónomos para que puedan hacer frente a sus pagos y reemprender su actividad, eliminando un volumen importante de sus deudas.
La presentación de la jornada fue por el presidente de la Cámara de Sevilla, D. Francisco Herrero. Contó con la participación como moderador de D. Víctor Maldonado Martín, abogado y socio – director de Iuris 27 y director de la Escuela Superior de Derecho y Economía y como ponentes a D. Francisco Javier Carretero Espinosa de los Monteros, magistrado del Juzgado Mercantil Nº3 de Sevilla, D. Pedro Márquez Rubio, magistrado del Juzgado Mercantil Nº2 de Sevilla y D. José María Tapia López, magistrado del Juzgado Mercantil Nº3 de Bilbao y del
D. Victor Maldonado ha hecho hincapié en la necesidad de “divulgar informar y asesorar a pequeños empresarios en materia de segunda oportunidad con el objetivo de salvar empresas viables”.
En relación al mecanismo de la segunda oportunidad, se ha explicado que con esta Reforma de la Ley Concursal por la mueva directiva, se transforma en un procedimiento de segunda oportunidad más eficaz, con varios puntos a destacar como la ampliación de la relación de deudas exonerarles e introduce la posibilidad de exoneración sin liquidación previa del patrimonio del deudor y con un plan de pagos, permitiendo así que los deudores conserven su vivienda habitual y sus activos empresariales. También se permitirá la posibilidad de acogerse al mecanismo de segunda oportunidad a los empresarios honrados y así reducir el coste de la reestructuración, tanto para deudores como para acreedores. Los autónomos, además de tener acceso al procedimiento especial (si son microempresas) podrán acceder al procedimiento de segunda oportunidad.
Otra cuestión importante que se destacó del Proyecto de Ley de Reforma del Texto Refundido de la Ley Concursal es la creación de los planes de reestructuración que sustituyen a los acuerdos de refinanciación y a los acuerdos extrajudiciales de pago y que pretenden favorecer la reestructuración en una fase más temprana de la crisis, cuando se detecten indicios de probabilidad de insolvencia. La reestructuración puede ser tanto del activo, como del pasivo del deudor, incluyendo también la transmisión de unidades productivas e incluso de la totalidad de la empresa. Los nuevos planes de reestructuración no necesitan el consentimiento del deudor persona jurídica salvo en el caso de las pymes”.
El programa «Cero Deuda» fue presentado por el presidente de la Cámara. Este servicio cuenta con la colaboración de la Asociación para el Ejercicio de la Mediación y el Arbitraje (ASEMARB), entidad puesta en marcha por el Colegio de Abogados de Sevilla y la Cámara, para la resolución de conflictos.
Os dejamos unas imágenes del evento.
Guía de servicios Programa Cero Deuda Cámara – Iuris 27:
- Asesoramiento y diseño de estrategias para la cancelación de deudas
Los servicios ofrecidos por la Cámara de Comercio para el PROGRAMA CERO DEUDA comienzan con el análisis de la situación económica y patrimonial de las PYMES o autónomos, previa recogida de la información necesaria a través de un formulario de fácil cumplimentación, el cual permitirá la elaboración de un Informe de Viabilidad en el que se identificará el importe aproximado de las deudas que pueden ser canceladas, así como las diferentes estrategias que pueden articularse para el reemprendimiento de la actividad empresarial o profesional.
- Ejecución de la estrategia más eficiente para alcanzar la cancelación del mayor volumen posible de deudas
El desarrollo de esta actuación conlleva la ejecución de una o varias de las siguientes estrategias
- Activación del mecanismo de Segunda Oportunidad al objeto de alcanzar la exoneración de las deudas a través de la negociación con los acreedores o mediante la vía judicial.
- Diseño y posterior negociación con los acreedores de un Plan de Refinanciación y/o Reestructuración de deudas.
- Preparación y presentación de la solicitud de concurso de acreedores al Juzgado y posterior negociación con los acreedores de Convenios pre concursales.
Solicita información a cerca del Programa Cero Deuda aquí