¿Cómo repercuten las donaciones sobre la legítima?

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Por Guiomar Alejo, abogada de Iuris27

En los últimos años las donaciones de inmuebles han marcado máximos históricos. Parece que, el temor a una posible reforma fiscal ha disparado las cifras. Según el Instituto Nacional de Estadística, las donaciones de viviendas en el año 2020 se incrementaron en un 33,8% respecto al año 2019.                                           

Pero, ¿Cómo afectan las donaciones sobre la legítima?

Debemos saber que el Código Civil obliga a que todos los herederos aporten a la masa hereditaria los bienes o valores que hubieran recibido del causante de la herencia en vida de este, para computarlo en la regulación de las legítimas y en la cuenta de la partición.

Sin embargo, es posible evitar lo anterior si en la propia escritura de donación se determina que la misma no es colacionable, es decir, que a la repartición de la futura herencia ese inmueble no formará parte de la masa hereditaria.

A pesar de que pueda parecer, a priori, sencillo evitar problemas futuros, simplemente, incluyendo en la escritura de donación esta fórmula, ¿Qué ocurriría si el inmueble donado fuese el único bien de causante y existiesen varios herederos?

En este caso, si la donación afectase a la legítima de los herederos, esta necesariamente deberá reducirse por ser inoficiosa.

Esto supondría que, en el caso de la donación de un inmueble, el donatario tendría que compensar al resto de herederos forzosos abonando la cantidad correspondiente a fin de que no vieran afecta su legítima.

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