Más próximos a la aprobación definitiva de la Reforma de la ley Concursal
Senado aprobación definitiva de la reforma de la ley concursal

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David Ríos

David Ríos

Abogado

El pasado 20 de julio, el Senado devolvió al Congreso el Proyecto de la Nueva Ley Concursal con 4 enmiendas. Ahora se debe someter a debate y de nuevo a votación para la aprobación de las mismas en el congreso y así la aprobación definitiva de la Reforma de la Ley Concursal.

El pasado 20 de julio, el Senado, tras recibir el proyecto de ley aprobado por el Congreso de los Diputados y con apenas quince días para estudiarlo y poder debatirlo de forma detenida, ha optado por una de las tres vías con las que cuenta para ejercer su potestad,  introduciendo cuatro enmiendas al mismo, concretamente las número 31, 49, 53, y 60, lo que conlleva que el proyecto de ley no haya quedado aprobado de forma definitiva mediante su ratificación, devolviéndolo al Congreso de los Diputados para su aprobación o rechazo, requiriendo para ello contar con una mayoría simple.

Es importante tener en cuenta que, con la aprobación de las cuatro enmiendas mencionadas, se ha dejado fuera la enmienda presentada por los grupos parlamentarios PNV, PP y ERC, que atendía al régimen transitorio de la Segunda Oportunidad, suponiendo la no aprobación de esta enmienda una vulneración del principio de seguridad jurídica y de irretroactividad de las disposiciones restrictiva de derechos.

En lo relativo al tiempo del que ha dispuesto la Cámara Alta para el análisis del proyecto de ley, son varios los senadores de distintas formaciones políticas los que han considerado que este lapso temporal, fruto del apresuramiento del Gobierno para la transposición de la Directiva de Insolvencia, ha sido insuficiente, máxime con la importancia que reviste la nueva reforma y su transcendencia en los próximos meses.

Aprobación de las enmiendas desde el Senado por la Cámara Baja

Finalmente, una vez se produzca la aprobación o el rechazo de las enmiendas del Senado en la Cámara Baja, se producirá la aprobación definitiva de la reforma de la ley concursal, pero para que despliegue finalmente sus efectos jurídicos restaría que en el plazo de quince días se proceda a su sanción, promulgación y publicación en el BOE.

No obstante, los expertos advierten del retraso que se va a producir en el desarrollo del reglamento y el comienzo de la reforma, cuya entrada en vigor se prevé que tendrá lugar en torno a al próximo mes de enero.

Por el momento, solo queda atenernos al actual marco legal aplicable y esperar a que finalmente sea aprobada y entre en vigor, para así aplicar su nuevo contenido a aquellas situaciones que lo requieran.

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